Artículo 134.
Las propuestas sobre
enmiendas y reforma de la Constitución de la Federación
Rusa pueden ser presentadas por el Presidente de la
Federación Rusa, el Consejo de la Federación, la Duma
Estatal, el Gobierno de la Federación Rusa, los órganos
legislativos (representativos) de los sujetos de la
Federación Rusa, asi como un grupo de una quinta parte
o más del total de los miembros del Consejo de la
Federación o Diputados de la Duma Estatal.
Artículo 135.
1. Las claúsulas de
los Capítulos 1, 2 y 9 de la Constitución de la Federación
Rusa no pueden ser reformadas por la Asamblea Federal.
2. Si la propuesta de
reforma de las claúsulas de los Capítulos 1, 2 y 9
de la Constitución de la Federación Rusa cuenta con
tres quintas partes de los votos del total de los
miembros del Consejo de la Federación y los diputados
de la Duma Estatal, a tenor con la Ley Constitucional
Federal se convoca la Asamblea Constitucional.
3. La Asamblea Constitucional
confirma la irrevocabilidad de la Constitución de
la Federación Rusa o elabora el texto de una nueva
Constitución de la Federación Rusa que es aprobada
por la Asamblea Constitucional con dos tercios de
votos del total de sus miembros o es presentado a
plebiscito. Durante la celebración del plebiscito,
la Constitución de la Federación Rusa se considera
aprobada si por ella votó más de la mitad del electorado
que participó en la votación, bajo condición de que
haya participado mas de la mitad de los electores.
Artículo 136.
Las enmiendas a los
Capítulos 3 al 8 de la Constitución de la Federación
Rusa se aprueban en la forma prevista para su adopción
por la Ley Constitucional Federal y entran en vigencia
después de que sean aprobadas por los órganos de Poder
Legislativo de no menos de dos tercios de los sujetos
de la Federación.
Artículo 137.
1. Los cambios en el
Artículo 65 de la
Constitución de la Federación Rusa, que determinan
la composición de la Federación Rusa, se hacen a partir
de la Ley Constitucional Federal sobre admisión en
la Federación Rusa de un nuevo sujeto de la Federación
Rusa y sobre cambios en el estatus jurídico-constitucional
del sujeto de la Federación Rusa.
2. En caso de cambiar
los nombres de Repúblicas, territorios, regiones,
ciudades de importancia federal, región autónoma y
comarca autónoma, la nueva denominación del sujeto
de la Federación Rusa debe ser incluída en el Artículo
65 de la Federación Rusa.
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