Posición
arancelaria (Nomenclatura Común de la
CEI
|
Producto (*)
|
02
|
Carne y subproductos
alimenticios
|
03 (excepto 0305)
|
Pescados y crustáceos,
moluscos y demás invertebrados acuáticos
(excepto los salmónidos y esturión,
y caviar de estas especies)
|
04
|
leche y productos
lácteos; huevos de ave; miel natural;
productos comestibles de origen animal, no expresados
ni comprendidos en otra parte
|
05
|
Los demás
productos de origen animal no expresados ni
comprendidos en otra parte
|
06
|
Plantas vivas
y productos de la floricultura
|
07
|
Hortalizas, plantas,
raíces y tubérculos alimenticios
|
08
|
Frutas y frutos
comestibles; cortezas de agrios (cítricos),
melones y sandias
|
09
|
Café, te,
hierba mate y especias
|
1006
|
Arroz
|
11
|
Productos de molinería;
malta; almidón y fécula; inulina;
gluten de trigo
|
12
|
Semillas y frutos
oleaginosos semillas y frutos diversos; plantas
industriales o medicinales; paja y forrajes
|
13
|
Gomas, resinas
y demás jugos y estratos vegetales
|
14
|
Materias de trenza
y demás productos de origen vegetal,
no expresados ni comprendidos en otra parte
|
15 (excepto 1509,1517-1522
00)
|
Grasas y aceites
animales o vegetales...
|
16
|
Preparaciones
de carne, pescado o de crustáceos o demás
invertebrados acuáticos
|
1801 00 000
|
Cacao en grano,
entero o partido, crudo o tostado
|
1802 00 000
|
Cáscara,
películas y demás residuos de
cacao
|
20 (excepto
2001 10 000,
2009 50, 2009
70)
|
Preparaciones
de hortalizas, frutas u otros frutas o demás
partes de plantas
|
2103
|
Preparaciones
para salsas y salsas preparadas;
|
2104
|
Preparaciones
para sopas; potajes o caldos; sopas, potajes
o caldos, preparados; preparaciones alimenticias
compuestas homogeneizadas.
|
2401
|
Tabaco en rama
o sin elaborar; desperdicios de tabaco
|
25 (excepto
2501
00 910,
2529
21 000,
2529
22 000)
|
Sal; azufre; tierras
y piedras; yesos, cales y cementos
|
26
|
Minerales metalíferos,
escorias y cenizas
|
3003
|
Medicamentos (excepto
los productos de las parditas ! 3002, 3005
o 3006) constituidos por productos mezclados
entre si, preparados para usos terapéuticos
o profilácticos, sin dosificar ni acondicionar
para la venta al por menor
|
32
|
Extractos curtientes
o tintóreos; taninos y sus derivados;
pigmentos y demás materias colorantes;
pinturas y barnices; mástiques; tintas
|
3301, 3302
|
Aceites esenciales
y resinoides; preparaciones de perfumería...
|
3402
|
Agentes de superficie
orgánicos (excepto el jabón);
preparaciones tenso activas, preparaciones para
lavar (incluidas las preparaciones auxiliares
de lavado)
y preparaciones de limpieza, aunque contengan
jabón, excepto las de la partida ! 3401.
|
35
|
Materias albuminoideas;
productos a base de almidón o de fécula
modificados; colas; enzimas
|
3923
|
Artículos
para el transporte o envasado, de plástico;
tapones, tapas, cápsulas y demás
dispositivos de cierre, de plástico
|
4001
|
Caucho natural,
balata, gutapercha, guayule, chicle y gomas
naturales análogas, en formas primarias
o en placas, hojas o tiras
|
4403 41 000, 4403
49
|
Las demás
maderas en bruto de las maderas tropicales
|
4407 24 - 4407
29
|
Las
maderas tropicales aserradas o desbastadas longitudinalmente...
|
4420
|
Marquetería
y taracea; cofrecillos y estuches para joyería
u orfebrería y manufacturas similares,
de madera; estatuillas y demás objetos
de adorno, de madera; artículos de mobiliario,
de madera, no comprendidos en el capitulo 94
|
4421
|
Las demás
manufacturas de madera
|
45
|
Corcho y sus manufacturas
|
46
|
Manufacturas de
espartería o cestería
|
50
|
Seda
|
5101
|
Lana sin cardar
ni peinar
|
5201 00
|
Algodón
sin cardar ni peinar
|
53
|
Las demás
fibras textiles vegetales, hilados en papel
y tejidos de hilados de papel
|
56
|
Guata, fieltro
y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles,
cuerdas y cordales; artículos de cordelería
|
5701
|
Alfombras de nudo
de materia textil, incluso confeccionadas
|
de 5702
|
Alfombras y demás
revestimientos para el suelo, excepto los de
mechón insertado y los flácidos,
aunque estén confeccionados, hechas a
mano
|
de 5704
|
Alfombras y demás
revestimientos para el suelo, de fieltro, excepto
los de mechón insertado y los flácidos,
aunque estén confeccionados, hechas a
mano
|
de 5705 00
|
Las demás
alfombras y revestimientos para el suelo, aunque
estén confeccionados, hechas a mano
|
5808
|
Trenzas en pieza;
artículos de pasamanería y artículos
ornamentales análogos, en pieza, sin
bordar, excepto los de punto; bellotas, madroños,
pompones, borlas y artículos similares
|
6702 90 000
|
Flores, follaje
y frutos, artificiales, y sus partes; artículos
confeccionados con flores, follaje o frutos,
artificiales (excepto de materiales polímetros)
|
68
|
Manufacturas de
piedra, yeso fraguado, cemento, amianto (asbesto),
mica o materias análogas
|
6913
|
Estatuillas y
demás artículos para adorno, de
cerámica
|
6914
|
Las demás
manufacturas de cerámica
|
7018 10
|
Cuentas de vidrio,
imitaciones de perla, de piedras preciosas o
semipreciosas y artículos similares de
abalorio
|
7117
|
Bisutería
|
9401 50 000
|
Asientos de roten
, mimbre, bambú o materias similares
|
9403 80 000
|
Muebles de otras
materias, incluidos el roten , mimbre, bambú
o materiales similares
|
9403 90 900
|
Partes de muebles
de otras materias (excepto de madera y de metal)
|
9601
|
Marfil, hueso,
concha de tortuga, cuerno, asta, coral, nácar
y demás materias animales para tallar,
trabajadas, y manufacturas de estas materias
(incluso las obtenidas por moldeo)
|
9602 00 000
|
Materias vegetales
o minerales para tallar, trabajadas, y manufacturas
de estas materias; manufacturas moldeadas o
talladas de cera, parafina, estearina, gomas
o resinas naturales o pastas para moldear y
demás manufacturas moldeadas o talladas
no expresadas no comprendidas en otra parte;
gelatina sin endurecer trabajada (excepto la
de la partida ! 3503) y manufacturas de gelatina
sin endurecer
|
9603
|
Escobas, cepillos
y brochas, aunque sean partes de máquinas,
aparatos o vehículos, escobas mecánicas
de uso manual, excepto las de motor, pinceles
y plumeros; cabezas preparadas para artículos
de cepillería; almohadillas y rodillos,
para pintar, rasquetas de caucho o materia análoga
flexible (excepto de tipo de árbol pequeño)
|
9604 00 000
|
Tamices, cedazos
y Cribas, de mano
|
9606
|
Botones y botones
de presión; formas para botones y demás
partes para botones o de botones de presión,
esbozos de botones
|
9609
|
Lápices
(excepto los de la partida 9608), lápices
de color, minas,
pasteles, carboncillos, tizas para escribir
o dibujar y jaboncillos (tizas) de sastre
|
9614
|
Pipas (incluidas
las cazoletas), boquillas para cigarros (puros)
o cigarrillos, y sus partes
|
9615 11 000
|
Peines, peinetas
y artículos similares de caucho endurecido
o plástico
|
9617 00
|
Termos y demás
recipientes isotérmicos, montados y aislados
por vacío, así como sus partes
(excepto las ampollas de cristal)
|
97
|
Objetos de arte
o colección y antigüedades
|